Ciudadanos ha decidido llevar al Congreso una pregunta, para que el Gobierno la responda por escrito, para que se explique por qué se permite la venta de jamón, paleta y caña de lomo congelado sin que se especifique que lo están. En su escrito, el diputado Toni Cantó, que intentó en la pasada legislatura saber el porqué de esta práctica cuando estaba en UPyD, recuerda las especificaciones que se recogen en la Norma de Calidad del Ibérico, a la vez que denuncia y pide explicaciones porque el propio Ministerio de Agricultura reconociera que “la práctica de la congelación previa a los perniles para la posterior elaboración de los jamones está muy generalizada”. Por eso, la formación naranja pregunta al Magrama por qué “motivos el Gobierno no cataloga como técnica de elaboración prohibida en las arbitradas fases de elaboración de jamones, paletas y cañas de lomo ibérico curados-madurados”.

   De igual forma, la pregunta de Ciudadanos en el Congreso incide en “qué razones dificultan la prohibición de esta modalidad productiva”, a la vez que señala que representa “un fraude” a los consumidores y que, paralelamente, “dispensa una latente ventaja a los grandes grupos industriales del sector”.

   Tras insistir en que quiere saber si “seguirá manteniendo este perjuico”, el diputado Toni Cantó tampoco olvida el papel de las Comunidades Autónomas en la regulación de esta producción, por lo que también requiere al Magrama que informe sobre si las CCAA “están desarrollando los oficiales controles a lo largo de todo el proceso de elaboración y comercialización de los productos acogidos a la Norma de Calidad del Ibérico”.

   Como se recuerda en el escrito, la propia Norma de Calidad destaca la completa omisión de técnicas de congelación/descongelación aplicadas y administradas clandestinamente a las partes nobles del cerdo ibérico. Por eso, Ciudadanos considera que esta práctica se debe incluir en el Real Decreto 1945/1983, en el que se encuadran las infracciones y sanciones en defensa del consumidor, y donde se recoge que son infracciones con fraude “la elaboración con tratamientos que no estén autorizados por la legislación vigente”.

   Por eso, desde la formación política se señala que “consecuentemente, este tipo de elaborados cárnicos objeto de prácticas, proceso o tratamientos no autorizados e congelación/descongelación no pueden ser admitidos y dispuestos la venta en los canales comerciales bajo la regulada calificación/denominación de jamón o paleta ibérico/a”.

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