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Prohibida la entrada de los vehículos de recogida de cadáveres en las explotaciones porcinas catalanas

El DARP ha hecho pública una medida de prevención para evitar la entrada de la peste porcina africana (PPA) en las explotaciones porcinas catalanas.

A partir del próximo día 30 de junio de 2019, no estará permitida la entrada de los vehículos en el recinto de las explotaciones intensivas de porcino, aves y conejos para la recogida de los cadáveres, en base al art. 8 del decreto 40/2014. La explotación deberá estar diseñada para que las operaciones de recogida de los animales muertos se realicen desde el exterior de la valla de la explotación, a menos que haya alguna imposibilidad técnica que no lo permita.

El DARP otorgará un plazo máximo de hasta el próximo 30 de junio, para que las explotaciones ganaderas que actualmente no están cumpliendo este requisito, se adapten. Así pues, para estas explotaciones, los contenedores deberán estar ubicados fuera de las instalaciones o integrados en la valla perimetral de modo que el camión de recogida no tenga que entrar a la explotación y pueda recoger las bajas desde el exterior del recinto.


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