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A partir del 1 de marzo se exigirá disponer de un sistema de autocontrol específico para la exportación

El Real Decreto 993/2014, de 28 de noviembre, por el que se establece el procedimiento y los requisitos de la certificación veterinaria oficial para la exportación, determina que a partir del 1 de marzo de 2016 se exigirá un sistema auditado de autocontroles específicos para la exportación a terceros países a los establecimientos productores finales que tengan intención de exportar productos destinados al consumo humano, directamente o a través de otros operadores comerciales, cuando el país de destino exija requisitos sanitarios adicionales a los de la normativa de la Unión Europea y/o cuando exija la existencia de una lista específica de establecimientos exportadores autorizados para exportar a dicho país.A partir de esa fecha la acreditación por los operadores del cumplimiento de los requisitos de trazabilidad y de sanidad animal exigidos por el país importador que no sean equivalentes a los de la normativa europea deberá realizarse mediante la presentación de un certificado emitido por un organismo independiente de control que haya auditado el sistema auditado de autocontroles y verificado que cumple los requisitos exigidos en este Real Decreto.Por otra parte, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) ha estado trabajando en el desarrollo de un nuevo Sistema de Comercio Exterior Ganadero (CEXGAN) en base a las especificaciones del Real Decreto 993/2014.

Como apoyo a los establecimientos que deben implantar un SAE certificado, el MAGRAMA organiza una jornada formativa el día 11 de febrero en Madrid.


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